La Dirección General de Rentas recuerda que el próximo 30 de enero de 2026 vence el plazo para adherirse al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, que permite saldar obligaciones provinciales vencidas con importantes beneficios en intereses, multas y recargos.
La Dirección General de Rentas informa que el 30 de enero de 2026 vence el Régimen de Facilidades de Pago de Tributos Provinciales, una herramienta clave para que los contribuyentes puedan regularizar sus deudas fiscales en condiciones favorables.
El régimen permite regularizar deudas vencidas y exigibles al 31 de octubre de 2025 correspondientes a impuestos provinciales, incluyendo intereses, recargos y multas.
Entre los principales beneficios, se destaca la bonificación del 100% de los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo, para los intereses generados a partir del 1° de enero de 2022, se establecen bonificaciones de hasta el 50% para pagos de contado, y del 30% y 40% para planes en cuotas.
Felipe Carrizo, representante del Departamento Técnico Tributario de la Dirección General de Rentas dijo que “es fundamental que quienes deseen adherirse tengan al día las obligaciones más recientes, ya que ese es un requisito indispensable para acceder al régimen”.
En el caso de deudas en cobro judicial, los honorarios profesionales de los representantes de la Autoridad de Aplicación cuentan con una reducción del 50%. Para las multas por incumplimiento de los deberes formales, la reducción puede alcanzar hasta el importe total de la multa con beneficios, y dichos honorarios pueden abonarse hasta en 12 cuotas.
Desde el organismo se recuerda que, al momento de realizar la solicitud, los contribuyentes deben tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias vencidas desde el 1° de noviembre de 2025 hasta las correspondientes al mes de enero de 2026, es decir, tres cuotas o anticipos.
En cuanto a los planes que se formalicen durante el mes de diciembre, la primera cuota vencerá el 18 de febrero de 2026.
La adhesión al régimen se realiza de manera íntegra y online a través del sitio web oficial de la Dirección General de Rentas: www.rentastucuman.gob.ar.
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