El organismo recuerda que dicho acogimiento tiene como beneficio reducción de intereses de hasta el 70% e importantes reducciones de multas.
Es condición para el acogimiento tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1/6/2020 hasta el mes de diciembre de 2020 inclusive. Dicha condición a su vez podrá abonarse mediante planes de facilidades de pagos administrativos (RESOLUCIÓN Nº 012/ME-2004 Y RESOLUCIÓN Nº 515/ME-2018).
La solicitud de acogimiento debe efectuarse únicamente a través de la página Web de la DGR y mediante el uso de clave fiscal otorgada por la AFIP.
"Se recuerda que el día 22 de diciembre de 2020 vence el plazo para el pago anual anticipado (año 2021) de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados con el 20% de descuento, conjuntamente con el pago anual (año 2021) del CISI Comunas Rurales con el 20% de descuento", afirma un comunicado del organismo.