El director del organismo remarcó a los contribuyentes que las boletas para el pago no serán enviadas a domicilio, sino que deberán obtenerse de la página web de la Dirección General de Rentas (www.rentastucuman.gob.ar). También deben tener en cuenta que, los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados pueden pagarse sin necesidad de contar con la boleta respectiva.
Respecto al pago de boletas en las oficinas, el director de Rentas de la Provincia aclaró que, las mismas se encuentran sin atención ya que, las restricciones están definidas por el COE y hace un tiempo, desde la entidad, vienen trabajando de esa manera. Las boletas para el pago no serán enviadas a domicilio sino que, deberán sacarlas por la página web de rentas.
RED RAPIPAGO: indicando sólo el número de padrón o dominio y la cuota o pago respectivo.
RED PAGO FACIL: sólo con la indicación del número de código de pago electrónico, que se encuentra consignado en todas las boletas, es decir que podrá obtenerlo de boletas de periodos anteriores o bien consultarlo en la página web de la DGR, link emisión de boletas.-