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  • Rentas prorroga hasta el 28 de febrero el Plan de Facilidades de Pago

    Se pueden regularizar las deudas vencidas y exigibles al 30 de septiembre de 2022.

    La Dirección General de Rentas confirmó que, por decisión del Poder Ejecutivo Provincial, se prorrogó nuevamente el Plan de Facilidades de Pago hasta el 28 de febrero, el cual comprende las deudas vencidas y exigibles al 30 de septiembre del año pasado del impuesto sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Públicas, Sellos, Inmobiliario, CISI - Comunas Rurales-, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasas Retributivas de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.

    El subdirector de Rentas, Juan Fernández, explicó que, “se pueden acoger al Régimen de Facilidades de Pago a través de la página web de rentas (www. rentastucuman.gob.ar) usando la clave de fiscal de AFIP”.

    Las condiciones para acceder, dijo Fernández, son: tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1/10/2022 hasta el momento del acogimiento al plan.

    En este sentido, el subdirector explicó: “En el caso de inmobiliario y automotores estamos hablando de la cuota 10, 11 y 12 del año pasado y la 1 y 2 de 2023. En el caso de los impuestos declarativos, Ingresos Brutos y Salud Pública, estamos hablando del anticipo número 9, 10, 11 y 12 del año pasado y el 1 de 2023”.

    En cuanto a los beneficios de la prórroga del plan de facilidades de pago, el funcionario   destacó que “habrá una bonificación del 100 % de los intereses que se han devengado hasta el 31 de diciembre de 2019. En tanto que, por los intereses que se devengan a partir del 1 de enero de 2020 se bonifica el 70 %  por pago al contado,  50 % mediante pagos parciales y 60 % mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta el mes de Julio de 2023 inclusive”.

    El primer pago parcial de los planes que se concreten en el mes de febrero se hará el 15 de marzo.

    Sergio Guerra, jefe de la división Dictámenes y Capacitación del departamento Técnico Tributario de la DGR, explicó que “los canales de pago que tienen los contribuyentes para cancelar sus obligaciones tributarias son los bancos Macro y Santiago del Estero; también la Caja Popular de Ahorros,  Rapi Pago, Pago Fácil, o a través de la página web del organismo usando los botones de pagos disponibles allí”.

    “En el caso de los impuestos Inmobiliario y Automotores y Rodados pueden cancelarlo sin tener una boleta física en Rapi Pago o Pago Fácil con numero de padrón o dominio y el periodo que desean abonar”, comentó Guerra y agregó: “Con respecto a estos impuestos se debe recordar que hay un beneficio de un descuento del 8, 33 % en cada cuota que paguen a través de la cesión de haberes o  del débito automático en cuenta corriente/caja de ahorros de cualquier entidad bancaria”.

    Los contribuyentes podrán adherirse a los mencionados sistemas a través del sitio web www.rentastucuman.gob.ar o, en el caso del débito automático, también concurriendo a la entidad bancaria con la que opera.

    BREVES