• Pandemia
  • El Gabinete provincial analizará hoy las medidas sanitarias nacionales

    El gobernador, Juan Manzur, señaló que debido al aumento de casos, desde el Gobierno central se tomaron decisiones para prevenir contagios.



    Con relación a las medidas sanitarias preventivas anunciadas ayer por el Gobierno nacional debido al incremento de casos positivos de Covid-19 en todo el país, el gobernador, Juan Manzur, expresó hoy que mantendrá una reunión con el Gabinete provincial para analizar las decisiones del Gobierno central con el fin de sumarse a las disposiciones federales.

    Debido a la situación epidemiológica, frente a la circulación de turismo ante la inminencia del feriado por Semana Santa, la Nación eximirá de la asistencia de los trabajadores del sector público nacional a los lugares de trabajo desde el lunes y hasta el miércoles, entre otras medidas.

    Al respecto, el Mandatario también dijo: “Estamos en un momento difícil de la pandemia. Hay un aumento de casos y el Gobierno nacional está tomando medidas. Hoy vamos a tener una reunión con todo el equipo del Gabinete provincial para analizar esto y sumarnos a las medidas nacionales. Vemos lo que pasa en países vecinos: Uruguay, Paraguay y Chile. La salud no tiene fronteras”.

    Texto de la Decisión Administrativa Nacional adoptada por la Jefatura del Gabinete de Ministros de la Nación

    ARTÍCULO 1º: Establécese la estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, que incluyen la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive.

    La o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad comprendido en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 determinará los equipos esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el correcto y normal funcionamiento del Sector Público Nacional.

    Las y los titulares de las Empresas y Sociedades del Estado del inciso b) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, definirán los equipos de personal y sectores que realizarán actividades remotas.

    ARTÍCULO 2°: Quedan expresamente excluidos de la presente decisión administrativa:

    - Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud “Dr. Carlos G. Malbrán” (ANLIS).
    - Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
    - Personal de las Fuerzas de Seguridad Federales
    - Personal de las Fuerzas Armadas.
    - Personal del Servicio Penitenciario Federal.
    - Personal de salud y del sistema sanitario.
    - Personal del cuerpo de Guardaparques Nacionales Decreto N° 1455/87 y el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego Decreto N° 192/21.
    - Dirección Nacional de Migraciones.
    - Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

    ARTÍCULO 3°: En todos los casos en los que se establezca la modalidad de trabajo presencial de equipos o sectores, el organismo deberá contar con un protocolo de actuación que garantice las condiciones de salubridad para el personal en el marco de las medidas sanitarias vigentes y las que en el futuro se dicten.

    ARTÍCULO 4°: Invítase a adoptar medidas similares al PODER JUDICIAL, al PODER LEGISLATIVO, a las PROVINCIAS, al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los Municipios.

    Asimismo, se recomienda al Sector Privado la adopción de medidas en consonancia con las establecidas en la presente decisión administrativa.

    ARTÍCULO 5°: Las y los titulares de los organismos alcanzados por la presente podrán requerir la asistencia de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para la organización de procesos, elaboración de planes de trabajo para prestación laboral remota, conformación de equipos de trabajo y demás cuestiones que permitan el desempeño adecuado de las funciones que le son propias, con la menor afectación posible.
     

    BREVES