• Comercio Interior
  • Con la aplicación de la Ley de Góndolas se protegerá al consumidor

    La norma beneficiará a pymes nacionales y almacenes barriales. Evitará prácticas extorsivas de grandes supermercados.

    La Ley de Góndolas sancionada en febrero de este año por el Congreso de la Nación ya tiene su reglamentación. El decreto nacional N° 991 publicado el 14 de diciembre en el Boletín oficial definió los puntos de la norma que comenzará a aplicarse en los hipermercados, supermercados y autoservicios de gran envergadura en 60 días.

    Al respecto, Francisco Nader, director de Comercio Interior de la Provincia, comentó: "el objeto de la ley es evitar prácticas extorsivas de las empresas. La reglamentación da un plazo de 60 días a los supermercados para adecuarse y adaptar su infraestructura a la aplicación de la norma”. Señaló que "esta norma está pensada en beneficio del consumidor y de las pymes regionales”.

    Límites para los supermercadistas

    • Está destinada para los supermercados que tienen más de 5000 m2 cubiertos en salón de ventas y más de 1000 m2 de depósito.
    • Supermercados con 1000 m2 de salón de ventas y 200 de depósito.
    • Autoservicios de 140 m2 de salón de ventas y 50 de deposito.
    No hablamos de controlar los almacenes de barrio y mini servicios pequeños sino de autoservicios que tienen dimensiones importantes. Esto dará mayor competitividad en los precios a las pymes en un contexto en el que los supermercados tienen una posición monopólica”, detalló.

    Explicó, además, que “la ley busca prevenir prácticas distorsivas de precios. Recordemos que los productos alcanzados son alimentos, bebidas, higiene personal y limpieza del hogar. Entre esos productos, el 70% de los supermercados están entre cinco y seis marcas. Incluso hay algunos productos que sólo son comercializados por dos marcas. Es muy más fácil que dos marcas se pongan de acuerdo y fijen un precio. Estamos hablando de aceites y leches, entre otros bienes de primera necesidad”.

    Organización de las góndolas

    • En góndola no se puede superar un 30% de productos de similares características y no puede haber menos de cinco proveedores.
    • Tiene que haber un 25% del espacio de la góndola destinado a empresas nacionales y un 5% para empresas de agricultura familiar.
    Los productos de menor precio, conforme a la unidad de medida en kilogramos o en litros, tiene que estar en el medio de la góndola. En una distancia equidistante entre el primero y el último estante. Tengo que tener el más barato a la altura de la vista. Hoy los supermercados ponen a la altura de la vista lo que ellos quieren que se venda y lo que no les interesa lo colocan abajo”, concluyó.  
     

    BREVES