• CITRICULTURA
  • Ley de Emergencia Citrícola: requisitos para la obtención del Certificado de Beneficiario

    Para su obtención, deberán cumplir con los siguientes requisitos acompañados por la documentación respaldatoria:

    El Ministerio de Desarrollo Productivo informó que se encuentra habilitada la inscripción para obtener el Certificado de Beneficiario de la Ley N° 9.614, correspondiente a la emergencia Citrícola contemplada en la norma.

    Para su obtención, deberán cumplir con los siguientes requisitos acompañados por la documentación respaldatoria. A saber:

    • CUIT
    • Apellido y nombre o denominación
    • Radicación de la actividad
    • Inscripción en Dirección General de Rentas
    • Padrones inmobiliarios propios destinados a la actividad
    • Padrón/Concesión para el pago de canon de riego
    • Inscripción en AFIP y declaración de actividad
    • Poder de administración (personas jurídicas)
    • Otros (RENSPA/Administración SENASA)

    Los trámites correspondientes deberán iniciarse mediante expediente, que debe ser tramitado ante la Dirección de Agricultura (cita en calle Córdoba 1.035, San Miguel de Tucumán), en horario de 8 a 12.30.

    Se adjunta modelo de nota de presentación para los interesados: Link 

    BREVES