La Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes aprobó una resolución que actualiza la normativa para el control de emisiones de los vehículos automotores en la Argentina.
La Secretaria de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación oficializó la Resolución 546/2025, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual se establecen nuevos procedimientos para la obtención de la Licencia para Configuración Ambiental (LCA), incorpora estándares internacionales y fija aranceles para la tramitación de certificados de emisiones gaseosas, sonoras, electromagnéticas y de eficiencia energética.
Asimismo, se dispone que todos los automotores deben ajustarse a los límites sobre emisiones contaminantes, ruidos y radiaciones que se establecen en la normativa.
Esta medida agrega el art. 32 a la Resolución N° 1270/02 y detalla que para todo vehículo pesado y/o motor que equipe al mismo, que se fabrique o importe con destino a su comercialización en el mercado interno argentino, como así también a todo vehículo liviano y/o motor que equipe al mismo que se fabrique o importe con destino a su comercialización en el mercado interno argentino, originarios de países donde es aplicable la normativa que se menciona a continuación, se podrá certificar para obtención de la Licencia para Configuración Ambiental (LCA), los límites de emisiones contaminantes gaseosas establecidos como “estándares tecnológicos equivalentes” conforme a las siguientes normativas:
1- la AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL de los ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (USEPA), en el llamado CÓDIGO DE REGULACIONES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS” Título 40, Parte 86, 1065 y 1066 - “Control of air pollution from new vehicle engines”, método FTP-75; debiendo cumplir con los límites descriptos en estándar TIER 2 Bin 5.
2- el CONSELHO NACIONAL DO MEIO AMBIENTE (CONAMA) del Ministerio de Medioambiente de Brasil conforme a RESOLUÇÃO Nº 492, DE 20 DE DEZEMBRO DE 2018 para las categorías de Fase PROCONVE L7, aplicable a vehículos a gasolina, etanol o flex, según la Resolução CONAMA Nº 15/1995.
Uno de los aspectos más destacados de la resolución es la inclusión de vehículos flex fuel, capaces de funcionar con mezclas de bioetanol entre el 5% y el 15% volumen o superiores, en línea con la Fase PROCONVE L7 de Brasil. Esta decisión abre la puerta a una mayor incorporación de tecnologías que aprovechan combustibles renovables, como el bioetanol derivado de caña de azúcar o maíz, lo cual será muy importante en el sector sucroalcoholero en provincias como Tucumán, Salta, Jujuy.
Este avance representa un paso significativo hacia las políticas públicas de los biocombustibles, aunque aún queda mucho por hacer. Para consolidar este proceso, resulta fundamental avanzar en la modificación de la Ley de Biocombustibles 27.640, actualmente el proyecto de su modificación de dicha Ley se está tratando en el Senado.
Argentina no solo se alinea con los estándares internacionales en materia ambiental, sino que también lidera iniciativas concretas para promover el uso de combustibles alternativos. Entre ellas, el bioetanol se destaca como una pieza clave en la transición energética del país.
Este bioetanol producido principalmente a partir de caña de azúcar y maíz, representa una alternativa más limpia frente a los combustibles fósiles. Su aumento progresivo en las mezclas obligatorias con naftas no solo reduce significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero, sino que también dinamiza las economías regionales y fortalece la agroindustria nacional.